ARTÍCULO 41: Funciones del/la Tesorero/a | Optometristas.org
Asociación Española de Optometristas Unidos

ARTÍCULO 41: Funciones del/la Tesorero/a

  1. Llevará la contabilidad e intervendrá en todas las operaciones económicas.
  2. La elaboración del presupuesto, el balance y liquidación de cuentas, a fin de someterlos a la Junta Directiva, conforme se determina en estos Estatutos.
  3. Firmará los recibos, cuotas y otros documentos de tesorería.
  4. Pagará las facturas aprobadas por la Junta Directiva.
  5. Llevar un libro de caja.
  6. Disponer de los fondos según las normas establecidas en los presentes estatutos.
  7. Recaudará y responderá de los fondos.
  8. Informar, al menos una vez al trimestre, a la Junta Directiva de la ejecución del presupuesto y de la situación de la Tesorería. Elaborar las cuentas anuales, para su sometimiento, previo acuerdo de la Junta Directiva, a la Asamblea General.

Los documentos y libros relacionados al funcionamiento económico estarán a disposición de cualquier miembro de la asociación que los requiera.