El/la Presidente/a tendrá las siguientes funciones:
- Convocar, presidir, suspender y levantar las reuniones de la Asamblea y la Junta Directiva.
- Dirigir los debates y el orden de las reuniones.
- Representar legalmente a la Asociación, suscribir contratos, otorgar poder y ejercitar toda clase de acciones, con la debida autorización de la Junta Directiva.
- Rendir informe anualmente de su actuación, ante la Asamblea General.
- Proponer a la Junta Directiva el nombramiento de cargos técnicos que sean necesarios para las actividades de la Asociación.
- Dirigir e impulsar las actividades sociales y científicas, que podrán celebrase en cualquier localización geográfica.
- Firmar las convocatorias de las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
- Visar los actos y los certificados confeccionados por el secretario de la Asociación.
- Las atribuciones restantes propias del cargo y las que le delegue la Asamblea General o la Junta Directiva.
A el/la Presidente/a lo/la sustituirá, en caso de ausencia o enfermedad, el/la vicepresidente/a o el vocal de más edad de la Junta Directiva.