ARTÍCULO 38 Funciones del/a Presidente/a | Optometristas.org
Asociación Española de Optometristas Unidos

ARTÍCULO 38 Funciones del/a Presidente/a

El/la Presidente/a tendrá las siguientes funciones:

  1. Convocar, presidir, suspender y levantar las reuniones de la Asamblea y la Junta Directiva.
  2. Dirigir los debates y el orden de las reuniones.
  3. Representar legalmente a la Asociación, suscribir contratos, otorgar poder y ejercitar toda clase de acciones, con la debida autorización de la Junta Directiva.
  4. Rendir informe anualmente de su actuación, ante la Asamblea General.
  5. Proponer a la Junta Directiva el nombramiento de cargos técnicos que sean necesarios para las actividades de la Asociación.
  6. Dirigir e impulsar las actividades sociales y científicas, que podrán celebrase en cualquier localización geográfica.
  7. Firmar las convocatorias de las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
  8. Visar los actos y los certificados confeccionados por el secretario de la Asociación.
  9. Las atribuciones restantes propias del cargo y las que le delegue la Asamblea General o la Junta Directiva.

A el/la Presidente/a lo/la sustituirá, en caso de ausencia o enfermedad, el/la vicepresidente/a o el vocal de más edad de la Junta Directiva.