- La asociación gozará de plena autonomía para la administración y disposición de sus bienes y recursos.
- La gestión económica de la asociación se desarrollará con sujeción a los presupuestos que se aprueben.
- El presupuesto ordinario, que atenderá los gastos de igual carácter se aprobará con vigencia para cada ejercicio anual y el presupuesto extraordinario se confeccionará para los casos de necesidad de realizar gastos imprevistos.
- A la finalización del ejercicio se procederá a la liquidación de los presupuestos aprobados en su día.
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