Son electores todos los miembros Fundadores y Activos que se encuentren dados de alta el día de la convocatoria electoral y estén en el pleno disfrute de sus derechos como asociado (según artículo 11 de estos Estatutos) y al corriente de las cuotas. Son elegibles los asociados que, además de ostentar la cualidad de electores, reúnan, el día de la convocatoria, las condiciones siguientes:
- Ser mayor de edad.
- Estar en pleno uso de los derechos civiles.
- No estar en ningún otro cargo directivo en ningún Colegio Profesional de Ópticos Optometristas, Asociaciones, Sociedades, Federaciones, relacionadas con la óptica y la optometría.
- Tener una antigüedad mínima de dos años en la asociación.
Los cargos de Presidente/a, Secretario/a y Tesorero/a deben recaer en personas diferentes.