ARTÍCULO 30: Composición | Optometristas.org
Asociación Española de Optometristas Unidos

ARTÍCULO 30: Composición

La Junta Directiva estará formada por el/la Presidente/a, Vicepresidente/a, Secretario/a, Tesorero/a y los Vocales, elegidos por la Asamblea General, estará integrada por un máximo de diez y un mínimo de cinco asociados. La primera Junta Directiva saldrá nombrada de la Asamblea tras la aprobación de los Estatutos. Posteriormente, para ser miembros candidato a dicha Junta será necesario tener una antigüedad mínima de dos años en la asociación. Las vacantes que se produzcan en la Junta Directiva se cubrirán en la primera Asamblea General que se celebre después de la vacante. Mientras tanto, un miembro Fundador o Activo de la Asociación, a propuesta de la Junta Directiva podrá ocupar provisionalmente el cargo vacante.