ARTÍCULO 22: Clases de Asambleas | Optometristas.org
Asociación Española de Optometristas Unidos

ARTÍCULO 22: Clases de Asambleas

Las Asambleas Generales podrán ser Ordinarias o Extraordinarias.

  1. La Asamblea General se reunirá en sesión Ordinaria como mínimo una vez al año, pudiéndose hacer coincidir con el congreso o reunión anual de la Asociación en caso de que se celebrara. Así mismo, la Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria para:

a) Aprobar el estado de cuentas y el presupuesto de ingresos y cuentas.
b) Aprobar el plan general de actuaciones.
c) Valorar la gestión de la Junta Directiva. 

  1. La Asamblea General se reunirá con carácter Extraordinario cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del/la Presidente/a, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito un tercio de los miembros Fundadores y/o Activos. Así mismo la Asamblea General se reunirá en sesión extraordinaria para:

a) Modificar los estatutos.
b) Aprobar presupuestos extraordinarios.
c) Disolver la Asociación.