ARTÍCULO 23: Competencia de la Asamblea General | Optometristas.org
Asociación Española de Optometristas Unidos

ARTÍCULO 23: Competencia de la Asamblea General

  1. Aprobar en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
  2. Examinar y aprobar o rechazar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, así como la Memoria Anual de actividades.
  3. Establecer las líneas generales de actuación que permitan a la Asociación cumplir sus fines.
  4. Disponer todas las medidas encaminadas a garantizar el funcionamiento democrático de la asociación.
  5. Fijar las cuotas de ingreso, ordinarias, extraordinarias.
  6. Elegir y destituir a los miembros de la Junta Directiva.
  7. Adoptar los acuerdos referentes a:

a. Expulsión de miembros a propuesta de la Junta Directiva. 
b. Constitución de federaciones o de integración en ellas.
c. Solicitud de la declaración de utilidad pública. 
d. Disolución de la Asociación.
e. Modificación de los Estatutos.
f. Disposición y enajenación de bienes.

  1. Remuneración, en su caso, de los miembros de la Junta Directiva.
  2. Conocer y resolver las reclamaciones y recursos formulados por los asociados.
  3. Acordar la celebración de sesiones y Congresos científicos.
  4. Cualquier otra que legalmente le corresponda con carácter exclusivo.