ARTÍCULO 61: Formulación | Optometristas.org
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ARTÍCULO 61: Formulación

Todos los años, la Junta Directiva formulará las cuentas anuales, el informe de gestión y las propuestas de aplicación del resultado del presupuesto. Dichos documentos deberán ser sometidos a aprobación de los miembros en el plazo máximo de 6 meses contados a partir del cierre del ejercicio social; a partir de la convocatoria de la Asamblea, cualquier miembro podrá examinar en el domicilio social los documentos que se han de someter a la aprobación de aquella.